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lunes, 27 de julio de 2026

Video: Abogado dice que delito de “ultraje en lo jurisdiccional” amenaza el derecho de defensa


 Santo Domingo.-  El abogado Luis Yépez Suncar afirmó que la tipificación del delito de “ultraje en el ámbito jurisdiccional”, incorporada en el nuevo Código Penal aprobado por el Congreso Nacional, constituye un grave retroceso para el ejercicio profesional de la abogacía y representa una seria amenaza al derecho fundamental de defensa de los ciudadanos.

De acuerdo a una nota de prensa, al analizar el artículo 310 de la nueva legislación, Suncar explicó que esta disposición sanciona con penas de quince días a un año de prisión y multa de dos salarios mínimos del sector público a quien lance expresiones consideradas ofensivas, intimidatorias o amenazantes, o realice gestos, envíe escritos o mensajes dirigidos contra jueces, secretarios judiciales, representantes del Ministerio Público, alguaciles, intérpretes o peritos judiciales.

A juicio del jurista, la amplitud y subjetividad de la redacción del tipo penal abre la posibilidad de que cualquier abogado pueda ser procesado y condenado en función de la interpretación que se haga de sus alegatos orales o escritos presentados durante un proceso judicial.

Sostuvo que esta situación compromete directamente la libertad con la que los profesionales del derecho deben ejercer la defensa de sus clientes, pues un abogado que teme ser perseguido penalmente por la firmeza de sus argumentos difícilmente podrá desempeñar con independencia su función constitucional, dejando al ciudadano en una situación de indefensión.

Yépez Suncar recordó que el delito de ultraje contra magistrados ya estaba previsto en los artículos 222 y siguientes del derogado Código Penal de inspiración napoleónica.

Sin embargo, considera que la creación de una modalidad específica para el ámbito jurisdiccional, con la formulación aprobada, introduce un elemento de incertidumbre que justifica la preocupación expresada por amplios sectores de la comunidad jurídica.

El abogado enfatizó que quienes ejercen la litigación deben contar con garantías suficientes para exponer, con firmeza y libertad, todos los argumentos necesarios en defensa de los derechos e intereses de sus representados, sin temor a represalias penales derivadas del contenido de sus intervenciones o escritos.

Yépez Suncar concluye calificando el artículo 310 como un “inaceptable y peligroso exceso inconstitucional”, al considerar que vulnera principios esenciales del Estado social y democrático de derecho y coloca a los abogados, por el solo ejercicio de su profesión, bajo la permanente amenaza de enfrentar procesos penales y penas privativas de libertad.

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